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Calcula tu cuota de autónomos en Bizkaia por tramos 2025

Para autónomos que están en Estimación Directa.

Importe sin incluir las cuotas de autónomos

Simulador de cuota de autónomos en Bizkaia

Con este simulador de cuota de autónomos podrás hacer una estimación del importe que pagarás de Seguridad Social mes a mes en función de la previsión de tus rendimientos netos medios mensuales.

Simplemente tienes que:

  1. Marcar si estás en estimación directa normal o en estimación directa simplificada de IRPF, ya que dependiendo de tu régimen de IRPF, el rendimiento neto puede variar.
  2. Indicar tus ingresos medios mensuales: Para un año completo de actividad, simplemente tendrías que coger el importe anual y dividirlo entre 12 o entre los meses que prevés estar dado de alta.
  3. Indicar tus gastos medios mensuales: Para un año completo de actividad, sólo tienes que coger el importe anual de los gastos (sin la cuota de autónomos) y dividirlo entre 12 o entre los meses que prevés estar dado de alta.

Así, la calculadora de la cuota de autónomos te proporcionará:

  1. Cálculo del rendimiento neto: Te calcula el rendimiento neto medio mensual que establece el rango de tramo de bases de cotización que te corresponde.
  2. Cálculo de base de cotización: Dentro del tramo en que te encuentres, podrás escoger tu base de cotización. 
  3. Cálculo de la cuota de autónomos: Según la base de cotización que elijas, se establecerá la cuota de autónomos a pagar. A mayor base, mayor importe de cuota de autónomos.

Listo, con la calculadora de la cuota de autónomos online, podrás tener una estimación de lo que vas a pagar a Seguridad Social mes a mes.

Cómo se calcula la cuota de autónomos en Bizkaia

Para obtener el cálculo de la cuota de autónomos, lo primero es obtener el cálculo del rendimiento neto según el método de estimación directa:

  • Si se trata del régimen de estimación directa, la fórmula de cálculo es la siguiente: ((ingresos – gastos) – 7% del beneficio)/12.
  • Si se trata del régimen de estimación directa simplificada, la fórmula de cálculo es la siguiente:
    • Primero calculamos el beneficio de la actividad económica: ingresos – gastos (sin tener en cuenta los gastos de la cuota de autónomos de Seguridad Social).
    • Luego calculamos el rendimiento neto de la actividad económica según la normativa de IRPF: Beneficio – 15% sobre el beneficio.
    • Ahora calculamos el Rendimiento Neto final que se utilizará para establecer el tramo de Seguridad Social: Rendimiento neto IRPF – 7% del beneficio.

Ahora, con el Rendimiento Neto, ya conocemos el tramo en que nos encontramos con lo que podemos escoger la base de cotización que más nos convenga y, a partir de la base de cotización seleccionada, se calcula la cuota resultante.

Si has llegado hasta aquí, probablemente estés pensando que es normal hayamos hecho nuestra propia calculadora 😅.

Cómo se comunica la base de cotización seleccionada

Para informar sobre la base de cotización, tienes que comunicarla a Seguridad Social a través de la web Import@ss.

Ten en cuenta que el cambio de base de cotización se puede realizar 6 veces al año y no es inmediato, sino que se hace efectivo el primer día de los meses de Enero, Marzo, Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre.

¿Hay sanciones por haber comunicado una base o tramo inferior al que me corresponde?

A fecha actual no existe ninguna sanción por haber cotizado en un tramo inferior.

De todas formas, te recomendamos que tengas ajustado el tramo o la base de cotización, de forma que no haya ninguna sorpresa en la regularización a final de año.

Regularización de cuotas

Después de presentar la declaración de la renta, Seguridad Social y Hacienda cruzarán datos para comprobar tu rendimiento neto real y de esta forma, establecer el tramo adecuado que te corresponde.

Si has escogido un tramo inferior y por ello, has estado pagando una cuota inferior a la que te correspondería, te enviarán una notificación solicitándoles que ingreses la diferencia en el plazo establecido.

¡Importante! Haz el ingreso de la diferencia cuanto antes y dentro del plazo establecido, ya que si finaliza el plazo voluntario de ingreso, tendrás que pagar además, entre un 10% y un 20% de recargo (según cuando realices el pago), más los intereses de demora.

Si has escogido un tramo superior y por ello, has pagado una cuota superior a la que te correspondería, te enviarán una notificación informándote que puedes solicitar la devolución de ese importe o mantener esas bases de cotización de forma provisional para el siguiente año.

¿Se mantiene la tarifa plana?

Sí, la tarifa plana se mantiene, pero con la entrada en vigor de la nueva normativa, se establece una nueva tarifa plana cuya cuota es de 85,71 € durante 12 meses en lugar de los anteriores 80 €.